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Si estos son los que piden república….

¡¡¡Viva FELIPE VI!!!!

 

izquierdistas-radicales-republicanos

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Pepe Mújica sobre el ex-juez Garzón

No tiene desperdicio.  El presidente de Uruguay, el que puso «verde» a la dictadora de Argentina hace unos días, nos regala esta visión clara y sin pelos en la lengua del ex-juez estrella Baltasar Garzón:

https://www.youtube.com/watch?feature=player_embedded&v=rvWN3kF4Z3k

Y no olvidemos que José Mújica ha sido un guerrillero de izquierda, no un émulo de Franco.

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Garzón en su salsa

El ex-juez estrella, ha logrado lo que jamás habría soñado manchando la toga con el polvo del camino: Hoy tendrá la atención de las cámaras de TODO el mundo.

Julián Assange (el de Wikileaks) ha decidido convertirse en su nuevo cliente-estrella-do, y desde su refugio en la Embajada de Ecuador en Londres (donde resiste los embates del gobierno sueco, norteamericano, británico, etc)…dará una rueda de prensa junto a su letrado, el inefable Garzón.

Le deseo toda la suerte del mundo a Assange. Con semejante abogado defendiéndole, la necesitará.

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De juez-estrella a abogado estrellado?

Clientes… venid a mí!

Creo que hay uno al que no le va a faltar trabajo.  Al menos al principio, hasta que sus clientes se queden todos en el trullo y se den cuenta entonces de que apesta tanto como abogado como antes apestaba como juez.

El exjuez Baltasar Garzón crea su propio bufete de abogados en Madrid

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O todos moros o todos cristianos

¿No le parece, señor juez Gómez Benítez?

Gómez Benítez

Después de haber presentado una denuncia en la Fiscalía General del Estado contra el presidente de dicho consejo y del Tribunal Supremo, Don Carlos Dívar,  que culminó con la renuncia del magistrado, ahora resulta que su acusador está más que preocupado de no tener que someterse al «escrutinio» de «determinados medios de comunicación» (parece que a otros en cambio no les teme)…. «Mire usted, si hay alguna sospecha de que usted haya cometido alguna irregularidad, entonces que me pidan la información y tendré que dar las informaciones pero si no hay ninguna sospecha de irregularidad ¿por qué tengo que ceder a las presiones interesadas de distintos grupos o medios de comunicación?».

Realmente, uno se queda sin aire al leer estas declaraciones.  Su denuncia no prospera porque la fiscalía no ve indicios de delito, y entonces se ponen a los «medios afines» a la progresía a trabajar a destajo para conseguir por una vía «informal» lo que no se había conseguido por la vía «formal» de la denuncia:  que renuncie Dívar.

Al parecer  ahora al señor vocal le genera mucha «incomodidad» eso de que alguien le pida explicaciones sobre sus gastos.  .  ¿A qué le teme Gómez Benítez?

«… lo que no queremos es someternos a una especie de Gran Hermano. Si alguien quiere solicitar información de todos nuestros gastos, tiene que ser por vía institucional. Ni personalmente ni creo que ninguno de los vocales quiere ir teniendo que defender que no ha cometido ningún homicidio por la vida».

No, claro… homicidios no han cometido.  Bueno… no al menos en sentido literal, porque en sentido figurado, se han cargado a la ley y el derecho.   La politización del poder judicial, de la que José Manuel Gómez Benítez junto al ex-juez Baltasar Garzón (que Dios lo conserve inhabilitado y no le conceda el indulto) y su compañera de ruta Margarita Robles, traída de la mano -cuándo no- de un socialista (Felipe González) nos ha dejado en un estado de indefensión por el cual una chapuza impresentable (como la de Dívar, que no tiene excusa posible) se paga con el cargo y el escarnio, en apenas semanas, mientras que corruptelas, chivatazos, y demás componendas debidamente probadas durante años, costó un Perú para poner fuera de la carrera judicial a uno de sus miembros más indignos que jamás vistiera toga.

Las cloacas del estado siguen malolientes y llenas de excrementos, contaminando la vida social de los españoles.

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La mano de Astrea

Excelente artículo de José Carlos Rodríguez para Libertad Digital sobre  el «ex-juez estrella-do».

La mano de Astrea

No hay juez estrella, sino casos estrella. ¿Cómo no va a ocupar portadas un juez que detiene terroristas y que investiga el terrorismo de Estado, que investiga las grandes tramas de la droga? Sí, yo llegué a pensar eso, pero ahí estaba Baltasar Garzón para desmentirme. Se enamoró de su personaje. Y no iba a dejarlo escapar. Ya no era sólo un juez. Era ya, en su delirio, la encarnación de la justicia. Una justicia que se le estaba quedando pequeña. La corrupción había anegado al Partido Socialista y las encuestas le daban ganador a José María Aznar. Él, sólo él, él solo, podía revertir la situación. Y se presentó como número dos del número uno de la política, Felipe González. ¿Qué ridículos planes no trazaría para sí en su deriva megalomaníaca? Pero un salto desde la sima socialista de la corrupción, ¿dónde pretendía llegar?

La cuestión es que González, ingrato con él o quizás demasiado generoso, le puso un cargo con rango de secretario de Estado, a años luz de las ambiciones de Garzón. Sería mucho decir que el resentimiento sin tasa ni medida que albergaba el juez hacia González pudo contaminar su imparcialidad en la investigación de los GAL, que retomó nada más volver a ponerse la toga. Aunque, quién sabe.

Garzón volvió a los juzgados. Pero todavía está por abandonar la política. Ahora su carrera iba a ser internacional ya que España, estaba claro, se le había quedado pequeña. Y se lanzó sobre Pinochet y sus crímenes. Podría tener o no jurisdicción sobre el caso, o sobre la política de Kissinger, o sobre la dictadura argentina pero ¿qué importancia pueden tener esas consideraciones frente a la misión que se había echado Garzón sobre sus amplias espaldas?

Hay un oscuro pliegue del alma humana que se ha manifestado en muchas ocasiones. Los justos, los más justos, los que se saben tocados por la mano de Astrea, llegan al convencimiento de que nada de lo que puedan hacer es contrario a la ética. Y así, Baltasar Garzón ideó un negocio redondo. Intercambió unas cartas dirigidas a Emilio Botín por dinero procedente del bolsillo del banquero. Garzón sabía perfectamente quién era Botín. Es más, sus representantes visitaban su propio juzgado por un quítame allá una querella que había presentado contra él un accionista.

Quizás entonces le entró miedo. Él sólo quería financiar unos cursos que iba a impartir en Nueva York, y necesitaba ese dinero. Pero ¿y si hubiese quien no entendiese que él, Baltasar Garzón, actúa siempre desde la justicia? En previsión de que alguien quisiera encontrar en esas cartas un rastro de prevaricación, ¿es mucho pensar que quisiese buscar apoyos más allá de la política? Él es un hombre de izquierdas, ¿no podría ganarse la confianza de los suyos? Abrió una investigación de los crímenes del franquismo. En realidad, nunca investigó nada, pero él sería ya el campeón de la revancha histórica de la izquierda. Y abrió una investigación de una trama de corrupción en el Partido Popular. Él, desde luego, llegaría hasta el final. Compadreó con el ministro socialista de Justicia. Interceptó las conversaciones de los abogados de los acusados, aplicándoles una ley antiterrorista. Pero él llegaría hasta el final. Con esa hoja de servicios, ¿sería mucho pedir que la izquierda le apoyase? ¿No quedaría la investigación por las cartas a Botín como parte de un complot judicial de la derecha? Va a resultar que con tanta vocación política, Baltasar Garzón ha acabado por conocer los mecanismos de la política.

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Apoyos a Baltasar Garzón

A tí, querido progre, que estás indignado con la condena a Baltasar Garzón.  A tí, que te hierve la sangre porque «ha ganado el franquismo».  A tí, que sientes que han vuelto a fusilar a tu abuelo.   A tí, que estás pidiendo una revolución….a tí te pido que tengas los cojones para firmar esta carta de apoyo al ex-juez estrella por haber sido condenado por prevaricar.

Porque esta carta de apoyo es la única que dice la verdad:

DECLARACIÓN SOLEMNE DE APOYO A GARZÓN

Yo, ……………. (poner nombre aquí), ciudadano español, mayor de edad y con DNI………(poner DNI aquí), comparezco ante notario y manifiestso:

1)  Mi absoluta indignación por la condena de 11 años de inhabilitación que el Tribunal Supremo ha impuesto al juez Baltasar Garzón, por haber grabado las conversaciones entre abogados e imputados en el curso de la instrucción del caso Gürtel.

2) Aunque haya quien diga que la confidencialidad de las conversaciones abogado-cliente resulta imprescindible para garantizar el derecho de defensa; aunque las leyes establezcan que esa confidencialidad sólo puede violentarse en casos muy extremos (como por ejemplo en delitos de terrorismo) y aunque haya quien sostenga que el estado de derecho no puede subsistir si se viola arbitrariamente el derecho de defensa… YO CREO que D. Baltasar Garzón actuó correctamente, porque lo lógico es que el juez intervenga cuando le venga en gana las conversaciones que quiera, aunque la ley diga lo contrario.

3) Por tanto, y como muestra de coherencia, si en el futuro alguien me acusara de cometer algún delito, AUTORIZO EXPRESAMENTE a cualquier juez a grabar las conversaciones que yo mantenga con mis abogados, diga lo que diga la ley vigente.

En………… (poner aquí la ciudad), a …… (día) de ………(mes) de 2012.

Firmado: ……………………. (firmar aquí)

Es fácil, cortar y pegar, imprimir y firmar.

Camaradas, amgiuetes, vosotros los que criticáis la sentencia…. mientras no firméis esta carta, mientras sigáis conservando vuestros derechos intactos que os parece fenomenal que Garzón vulnere cuando se trata de políticos del PP, por favor no deis más la brasa.  Sed coherentes.  Si podéis.

(gracias, Luis del Pino).

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Para los que critican la sentencia a Baltasar Garzón (II)

Como parece ser que  les importa un pimiento la garantía de que las comunicaciones entre abogado y cliente son inviolables (siempre que se trate de acusados peperos, claro), y  siguen erre que erre pidiendo guillotinas para los jueces, sintiendo asco por la justicia, y gritando la «inocencia» de Garzón a 4 vientos… me gustaría preguntarles:

¿Si Garzón es «inocente» por haber ordenado escuchas ILEGALES…. Nixon también lo era?  ¿O es que la ley sólo se debe aplicar al «enemigo», mientras que para «los nuestros» lo ilegal se convierte en imperativo legal?

Watergate = Garzongate

 

Y para la gente decente con estómago blindado, aquí os dejo los comentarios que los chekistas lectores de Público están haciendo sobre el tema.  No tienen desperdicio, son un desperdicio total.

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Para los que critican la sentencia a Baltasar Garzón

el juez-estrella-do, os digo lo mismo que dice Luis del Pino:

Para aquellos que critican la condena a Garzón: sed coherentes, machotes, y firmad una declaración que diga: «En caso de que me acusen de algún delito en el futuro, autorizo a los jueces a que graben mis conversaciones con mis abogados».

 

Hala, y ahora a ser un poco decentes y a acatar las buenas sentencias. El derecho de defensa ha sido protegido contra las más aberrantes prácticas fascistas y estalinistas, así que toca regocijarse.

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Condena por prevaricación de Baltasar Garzón

La justicia ha hablado.  Alto y claro.

 

Vía Almudena Negro:

STS 79/2012: condena por prevaricación de Baltasar Garzón

Lo relevante, en mi opinión, es que ha quedado preservada la confidencialidad entre abogado-cliente. También la unanimidad de la sala.

Me quedo con estos párrafos de la sentencia, que es demoledora:

La cuestión central que debe ser resuelta en esta causa se relaciona directamente con el contenido esencial del derecho fundamental a la defensa, que corresponde al imputado, frente al interés legítimo del Estado en la persecución de los delitos. Como luego se dirá, aunque es pertinente adelantarlo, el derecho de defensa es un elemento nuclear en la configuración del proceso penal del Estado de Derecho como un proceso con todas las garantías. No es posible construir un proceso justo si se elimina esencialmente el derecho de defensa, de forma que las posibles restricciones deben estar especialmente justificadas (…)

En un sistema democrático como el regulado en la Constitución española, el Poder judicial se legitima por la aplicación de la ley a la que está sujeto, y no por la simple imposición de sus potestades. De manera que el Estado de Derecho se vulnera cuando el juez, con el pretexto de aplicación de la ley, actúa solo su propia subjetividad concretada en una forma particular de entender la cuestión a resolver, y prescindiendo de todos los métodos de interpretación admisibles en derecho, acoge un significado irracional de la norma, sustituyendo así el imperio de la ley por un acto contrario de mero voluntarismo. La superación del simple positivismo, que pudiera conducir a actuaciones materialmente injustas, resulta de la Constitución y, especialmente, de sus normas sobre derechos fundamentales, que constituyen al tiempo una guía interpretativa y un límite infranqueable. (…)

2. El proceso penal del Estado de Derecho se estructura sobre la base del principio acusatorio y de la presunción de inocencia. Para que su desarrollo respete las exigencias de un proceso justo, o en términos del artículo 24.2 de la Constitución, de un proceso con todas las garantías, es necesario que el imputado conozca la acusación y pueda defenderse adecuadamente de la misma. De esta forma, el derecho de defensa, como derecho reconocido a cualquier imputado, resulta esencial, nuclear, en la configuración del proceso.

En este marco, los principios de contradicción e igualdad de armas y de prohibición de la indefensión, actúan, a través del derecho de defensa, como legitimadores de la jurisdicción, de manera que ésta solo podría operar en ejercicio del poder judicial dadas determinadas condiciones de garantía de los derechos de las partes, y especialmente del imputado(…)

En el artículo 24 aparece junto a otros derechos que, aunque
distintos e independientes entre sí, constituyen una batería de garantías orientadas a asegurar la eficacia real de uno de ellos: el derecho a un proceso con garantías, a un proceso equitativo, en términos del CEDH; en definitiva, a un proceso justo. De forma que la pretensión legítima del  Estado en cuanto a la persecución y sanción de las conductas delictivas, solo debe ser satisfecha dentro de los límites impuestos al ejercicio del poder por los derechos que corresponden a los ciudadanos en un Estado de derecho. Nadie discute seriamente en este marco que la búsqueda de la verdad, incluso suponiendo que se alcance, no justifica el empleo de cualquier medio. La justicia obtenida a cualquier precio termina no siendo Justicia. (…)

3. Directamente relacionados con la defensa y la asistencia letrada, aparecen otros aspectos esenciales para su efectividad. De un lado, la confianza en el letrado. El TC ha señalado (entre otras en STC 1560/2003)  que “la confianza que al asistido le inspiren las condiciones profesionales y humanas de su Letrado ocupa un lugar destacado en el ejercicio del derecho de asistencia letrada cuando se trata de la defensa de un acusado en un proceso penal”. En este sentido, STC 196/1987, la privación del
derecho a la designación de letrado, consecuencia de la incomunicación, solo puede aceptarse por el tiempo y con las exigencias previstas en la ley.

De otro, la confidencialidad de las relaciones entre el imputado y su letrado defensor, que naturalmente habrán de estar presididas por la confianza, resulta un elemento esencial (…) En la STEDH de 5 de octubre de 2006, caso Viola contra Italia (61), se decía que “…el derecho, para el acusado, de comunicar con su abogado sin ser oído por terceras personas figura entre las exigencias elementales del proceso equitativo en una sociedad democrática y deriva del artículo 6.3 c) del Convenio. Si un abogado no pudiese entrevistarse con su cliente sin tal vigilancia y recibir de él instrucciones confidenciales, su asistencia perdería mucha de su utilidad (Sentencia S. contra Suiza de 2 noviembre 1991, serie A núm. 220, pg. 16, ap. 48). La importancia de la confidencialidad de las entrevistas entre el acusado y sus abogados para los derechos de la defensa ha sido afirmada en varios textos internacionales, incluidos los textos europeos (…)

Es fácil entender que, si los responsables de la investigación conocen o pueden conocer el contenido de estas conversaciones, la defensa pierde la mayor parte de su posible eficacia (…)

Además, sufrirían reducciones muy sustanciales otros derechos relacionados. En primer lugar, el derecho a no declarar. La comunicación con el letrado defensor se desarrolla en la creencia de que está protegida por la confidencialidad, de manera que en ese marco es posible que el imputado, solo con finalidad de orientar su defensa, traslade al letrado aspectos de su conducta, hasta llegar incluso al reconocimiento del hecho, que puedan resultar relevantes en relación con la investigación. Es claro que el conocimiento de tales aspectos supone la obtención indebida de información inculpatoria por encima del derecho a guardar silencio.

Sentencia 79/2012 Garzón

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